Preguntas frecuentes

Las respuestas están dadas en base a la siguiente normativa:

– Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (LCE)
– Reglamento de la Ley N° 30225 aprobado con el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF. (RLCE)
– Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG del 18 de julio de 1988 que regula la ejecución de Obras Públicas por Administración Directa.

PREGUNTAS:

Definiciones

  • ¿Cómo se define expediente técnico según la ley de contrataciones?
    Expediente Técnico de Obra: El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios. (Anexo N° 1 – Definiciones del RLCE)

Obras por Contrata

  • ¿Los mayores metrados siempre requieren autorización previa de la Entidad, para su ejecución?
    No. Al no ser prestaciones adicionales, no se requiere la aprobación previa de la Entidad para la ejecución de mayores metrados, pero sí para su pago. (ver 205.12 del artículo 205° del RLCE)
  • ¿Quién elabora los adicionales y/o deductivos en una obra por contrata?
    El Contratista. (ver 205.4 del artículo 205° del RLCE)
  • ¿Puede existir una obra solo de demolición?
    Sí, por ejemplo: Obra «Demolición del pabellón «C» de la I.E. José Sabogal»
  • ¿Cuáles son las modalidades de ejecución de obras?
    LLave en mano y concurso oferta (ver artículo 36° del RLCE)
  • ¿En obras a Suma Alzada, cuál es el orden de prelación?
    1. Planos
    2. Especificaciones Técnicas
    3. Memoria Descriptiva
    4. Presupuesto
    (Ver artículo 35° del RLCE)
  • ¿Cuál es la orden de prelación en obras a Precios Unitarios?
    En el sistema de contratación a Precios Unitarios no existe orden de prelación. (Leer más)

Obras por Administración Directa

  • ¿Las obras por Administración Directa tienen tope?
    No
  • ¿Si en una obra por Administración Directa se presentan adicionales de obra, tienen que ir a la Contraloría General de la República para su autorización de ejecución?
    No, ninguna obra por Administración Directa va a la Contraloría General de República.