Carretera: afirmada, sin afirmar, pavimentada, no pavimentada y trocha carrozable – Definiciones

El «Glosario de Términos de Uso Frecuente en los Proyectos  de Infraestructura Vial»  aprobado con Resolución Directoral N° 02-2018-MTC/14 de 12 enero de 2018, nos define a una carretera: afirmada, sin afirmar, pavimentada, no pavimentada y trocha carrozable, de la siguiente manera:

CARRETERA: Camino para el tránsito de vehículos motorizados de por lo menos dos ejes, cuyas características geométricas, tales como: pendiente longitudinal, pendiente transversal, sección transversal, superficie de rodadura y demás elementos de la misma, deben cumplir las normas técnicas vigentes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

CARRETERA AFIRMADA: Carretera cuya superficie de rodadura está constituida por una o más capas de afirmado. (imagen 1)

CARRETERA SIN AFIRMAR: Carretera a nivel de subrasante o aquella donde la superficie de rodadura ha perdido el AFIRMADO. (imagen 3)

CARRETERA PAVIMENTADA: Carretera cuya superficie de rodadura, está conformada por mezcla bituminosa (flexible) o de concreto Portland (rígida). (imagen 4)

CARRETERA NO PAVIMENTADA: Carretera cuya superficie de rodadura está conformada por gravas o afirmado, suelos estabilizados o terreno natural. (imagen 1)

TROCHA CARROZABLE: carretera sin afirmar a nivel de subrasante o aquella donde la superficie de rodadura ha perdido el afirmado. (imagen 2)

De las definiciones precedentes, se observa que no habría diferencia entre «carretera sin afirmar» y «trocha carrozable»; siendo en teoría lo mismo; sin embargo, en la «Sección 101 – Clasificación por demanda» del «Capítulo I – Clasificación de Carreteras» correspondiente al Manual de Carreteras: DG -2018, aprobado con Resolución Directoral N° 03-2018-MTC/14 de 30 de enero de 2018, se define de una manera más técnica a una trocha carrozable , de la siguiente manera:

«[…]
101.06 Trochas Carrozables
Son vías transitables, que no alcanzan las características geométricas de una carretera, que por lo general tienen un IMDA menor a 200 veh/día. Sus calzadas deben tener un ancho mínimo de 4.00 m, en cuyo caso se construirá ensanches denominados plazoletas de cruce, por lo menos cada 500 m.

La superficie de rodadura puede ser afirmada o sin afirmar. […]» (imagen 2)

Al respecto, al momento de definir una trocha carrozable creo conveniente utilizar esta última definición, ya que, se asemeja a la definición que manejan la mayoría de profesionales en la práctica.

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