
La semana pasada una abogada de la Dirección de Asesoría Jurídica de la entidad en la cual laboro, con documentos en mano, consultó lo siguiente: «¿Es suficiente este informe para justificar el pago de un mayor metrado? ¿Se enmarca lo solicitado dentro de mayor metrado?»
Hasta ese entonces, por el trabajo del día a día, tenía esta definición básica: «mayor metrado es el incremento de metrados de una partida, el cual resulta de un replanteo en la ejecución de una obra, siempre y cuando dicho incremento no provenga de una modificación del expediente técnico; sin embargo, al revisar la definición de «mayor metrado» en el Anexo n.° 1 – Definiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones N° 30225, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF la misma que se encuentra vigente desde el 30 de enero de 2019 (el Reglamento), me dí con la sorpresa que esta había sufrido una modificación, teniendo como definición lo siguiente:
«[…]Mayor metrado: Es el incremento del metrado de una partida prevista en el presupuesto de obra, indispensable para alcanzar la finalidad del proyecto, resultante del replanteo y cuantificación real respecto de lo considerado en el expediente técnico de obra y que no proviene de una modificación del diseño de ingeniería. […]» (el subrayado es agregado)
De lo citado, la parte subrayada es el cambio sustancial que ha sufrido esta definición con respecto a la definición del antiguo reglamento de contrataciones*, el cual lo definía en los siguientes términos:
[…]Mayor metrado: Es el incremento del metrado previsto en el presupuesto de obra de una determinada partida y que no provenga de una modificación del expediente técnico. El mayor metrado en contrato de obras a precios unitarios no constituye una modificación del expediente técnico. […]» (el subrayado es agregado)
Al respecto, es de notar que la definición del actual Reglamento es un poco más compleja, ya que nos menciona el término «diseño de ingeniería», para entenderlo mejor, vamos citar su definición, que se encuentra también en el Anexo n.° 1 – Definiciones del mencionado Reglamento, la misma que establece:
«[…]Diseño de ingeniería: Son los cálculos de diseño que han servido para el dimensionamiento y/o determinación de las características físico-mecánicas de los componentes de una obra realizados por especialistas de ingeniería o arquitectura. No se consideran cambios de diseño de ingeniería los cambios en las dimensiones o características físico mecánicas producto de replanteos o adecuaciones a la situación real del terreno que no impliquen la necesidad de nuevos cálculos. […]»
Por lo tanto, teniendo en consideración las definiciones antes citadas, para mejor explicación, daremos los siguientes ejemplos de «mayor metrado»:
Ejemplo N°1: Colocación de piso laminado
En la ejecución de una obra, el expediente técnico contempla la colocación de un piso laminado en un auditorio de 50 m2; pero, al momento de ejecutar, el Residente de obra señala que existen 60 m2 de piso laminado, por lo que los 10 m2 de diferencia lo ejecutará como mayor metrado.
La pregunta: ¿Es correcto? La respuesta es SÍ. Puesto que, no se está realizando ninguna modificación al diseño de ingeniería, solo es una deficiencia de cuantificación de metrado; es más, tampoco se requiere hacer ningún cambio al expediente técnico, por lo tanto, no solo se enmarcaría en la definición del actual Reglamento, sino también en la definición del antiguo reglamento.
Ejemplo N° 2: Variante en el trazo de una carretera
En la obra: «Mejoramiento y apertura de la carretera Cupisnique – Santa Catalina», entre las progresivas Km 15+200 al Km 15+250, se tiene problemas con el pase de terreno, pues el dueño del predio no acepta que la carretera afecte su terreno, por lo cual, el residente y con aprobación de la supervisión deciden cambiar el trazo de la carretera por el terreno aledaño, el cual tiene las mismas características del terreno del trazo inicial, con la diferencia que ahora el metrado aumentará, puesto que, con este nuevo trazo, se tiene que ejecutar 50 metros más; sin embargo, al tener los dos terrenos las mismas características: el ancho de base, pavimento y demás diseños de ingeniería no se modificarán. Por lo tanto, la empresa ejecutará los 50 metros de diferencia como un mayor metrado.
La pregunta: ¿Es correcto? La respuesta es SÍ. Pues ahora la nueva normativa para aprobar un mayor metrado solo nos establece que verifiquemos si se modificó o no el diseño de ingeniería, mas no, si modificó al expediente técnico como tal. Es de indicar que, con la antigua normativa éste no hubiera sido considerado como un mayor metrado, puesto que, al cambiar el trazo de la carretera se estaría modificando el expediente técnico.
Como verán, esta nueva definición hace más complejo determinar en qué casos se trata de un mayor metrado; sin embargo, espero que este artículo les haya ayudado a tener más clara dicha definición.
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(*) Reglamento de la Ley Nº 30225, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF (vigente desde el 09 de enero de 2016) y modificado por Decreto Supremo N° 056-2017-EF (vigente desde el 03 de abril de 2017)
y que pasaria si en el cambio del trazo del ejemplo de la carretera se obtendria una pendiente diferente a la del expediente tecnico de la obra seria un mayor metrado o un adicional de obra
Hola Italo,
A mi criterio, ya se trataría de un adicional de obra, puesto que, al tener una pendiente diferente implica la necesidad de nuevos cálculos, con lo cual se afectaría al «Diseño de ingeniería».
En mi opinión seria mayor metrado pues la definición de diseño de ingenieria implica calculos que determinan características fisico mecanicas, y un cambio de pendiente solo implica modificaciones al diseño geométrico
Gracias
buenas noches que pasaría si los mayores metrados son a causa de una mala ejecución de obra, por ejemplo al momento de la excavación se rompe la tubería de agua matriz y satura el terreno y genera el cambio de suelo en ese sector, y por consiguiente aumenta la eliminación de material excedente. se considera mayores metrados?
Más que contestación me gustaría hacer una Consulta.
El Diseño de Ingeniería en una Obra Vial, considera el Diseño geométrico, Diseño de la Estructura del pavimento, otros. En este contexto haber modificado el Diseño geométrico (cambio de trazo y longitud) no representa Modificación del Diseño de Ingeniería
que pasa si en el terreno de fundación necesita mejorarlo a una profundidad de 1 mt. cuando esta considerado el mejoramiento de 0.25m
Segun MTC ( Gestion) es mayor metrado, pero segun OSCE cambio de estudio de ingenieria de suelos para mejorarlo alrededor de 1m. es una prestacion adicional
El caso de piso laminado es una edificacion, es a suma alzada, por lo tanto si hay 60m2 en la habitacion y el presupuesto solo tenia 50m2, no hay mayor metrado por ser un contrato a suma alzada (edificacion), por lo tanto el contratista solo cobrara 50m2.
Buenas noches. Si para la excavación de cimiento angosto se ha considerado excavación con maquinarias lo que origina mayor metrado de excavación y encofrado de cimiento
Permítame aprender, entonces cuando es a suma alzada, no se puede pedir mayor metrado, eso esta contemplado en la RLCE??; sin embargo, a precios unitarios si se podria?
El cambio en el trazo de una carretera, implica la realización de nuevos estudios de suelos, diseño geométrico, entre otros. En ese sentido, el ejemplo que señala no es un mayor metrado sino una prestación adicional de obra.
Hola, Joaquin:
En el ejemplo estamos suponiendo que se van a mantener las mismas características, con fines academicos (quizás me faltó esa aclaración). De hecho que al haber modificación del diseño geomético ya se configura un adicional de obra.
Para la cimentación de un puente con pilotes, el expediente técnico considera la partida de excavación para la ejecución de la cimentación y la partida pilote de concreto(que considera excavación, colocación de acero y concreto); sin embargo, para ingresar la máquina pilotera a la cimentación excavada requiere de una rampa de acceso. Bajo esas consideraciones, los trabajos de excavación y posterior relleno para la ejecución de la rampa de acceso será considerado como un adicional, un mayor metrado o una obligación contractual por proceso constructivo?
Hola, Fredy
Sería un adicional de obra, toda vez que, no estuvo contemplado en el expediente técnico y necesario de incorporación para la ejecución de la partida y obra.
Existen Mayores Metrados de un Adicional de Obra elaborado por el contratista debido a un cambio de eje pedido por la entidad?
Buenas noches; en una Valorización de Mayor Metrado existe calculo de reajuste considerando la formula polinómica del Expediente Original
ESTARIAS HABLANDO SOBRE ALGO QUE NO ESTA COMPLEMENTADO EN TU ADICIONAL, POR TANTO LO PODRIAS TRAMITAR COMO ADICIONAL DE TU ADICIONAL.
AL MODIFICAR EL EJE DE LA VIA, YA ESTAS MODIFICANDO EL DISEÑO GEOMETRICO DE LA VIA. EN ESTE CASO VENDRIA A SER ORESTACION ADICIONAL
AL MODIFICAR EL EJE DE LA VIA, YA ESTAS MODIFICANDO EL DISEÑO GEOMETRICO DE LA VIA. EN ESTE CASO VENDRIA A SER PRESTACION ADICIONAL
buenas tardes, soy estudiante del 8° ciclo, ya que tocaron el tema de Mayores Metrados, en una valorización por Mayores metrados, también se tiene que calcular el pago del reintegro por reajustes?