
La OPINIÓN Nº 022-2022/DTN de 30 de marzo de 2022, se menciona que “el calendario de avance de obra valorizado tiene como finalidad, el permitir que la Entidad identifique los atrasos en la ejecución de la obra con el propósito de poder controlarla, programar el presupuesto para el pago de valorizaciones y, cuando corresponda, adoptar las decisiones necesarias para su culminación en el plazo establecido.”
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