El Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF, respecto a ampliaciones plazo, en el artículo 197° establece lo siguiente:
«[…]
Artículo 197. Causales de ampliación de plazo
El contratista puede solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a su voluntad, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación:
a) Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.
b) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado.
c) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados, en contratos a precios unitarios. […]»
Ahora bien, de lo citado se advierte que el Contratista puede solicitar una ampliación de plazo por 3 causales y siempre cuando hayan modificado la ruta crítica del programa de ejecución de obra; por lo tanto para entender mejor estas causales vamos a dar un ejemplo por cada una de ellas:
a) Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.
En la obra: Ampliación y mejoramiento de la carretera El Empalme – Tres Cruces, en la progresiva 28+500 Km, para la ampliación de la carretera se tiene que afectar el terreno del Sr. José Andobar; sin embargo, se rehúsa a permitir realicen trabajos en su propiedad, pese a que en un primer momento, en la elaboración del expediente técnico, estuvo de acuerdo con la ejecución de la obra; ahora exige un pago por la afectación que se realizará a su terreno. Por otra parte, es necesario mencionar que en las bases ni el contrato de ejecución de obra, se establecieron cláusulas de responsabilidad al Contratista para la liberación de pases, por lo tanto, en mérito a normativa de contrataciones es responsabilidad de la Entidad contar con la disponibilidad del terreno.
De lo citado, se advierte que el Contratista en este frente de trabajo no podrá ejecutar partida alguna, hasta que la Entidad llegue a un acuerdo con el propietario; en ese sentido, el Contratista si demuestra que dicho evento ha afectado a su ruta crítica, podrá solicitar una ampliación de plazo enmarcándola en esta causal, ya que los atrasos o paralizaciones que se presentan por la disponibilidad del terreno, no son atribuibles a él.
b) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra.
Cuando se aprueba un adicional de obra, si bien esta se aprueba con su respectivo plazo de ejecución, eso no significa que por ese mismo plazo se le otorgará una ampliación de plazo; ya que, el Contratista tendrá que demostrar y cuantificar los días que ese adicional afectará la ruta crítica del programa de ejecución; puesto que, en muchas ocasiones las partidas correspondientes al adicional de obra se pueden ejecutar paralelamente con las partidas de la obra principal.
En ese sentido, si se demuestra técnicamente que las partidas del adicional de obra afectan o afectaron a la ruta crítica del cronograma de la obra principal, el Contratista puede solicitar una ampliación de plazo por lo días afectados.
c) Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados, en contratos a precios unitarios.
En la ejecución de una obra a precios unitarios, el expediente técnico contempló la colocación de un piso laminado en un auditorio de 500 m2; pero, al momento de ejecutar, el Residente de obra señala que existen 600 m2 de piso laminado, por lo que los 100 m2 de diferencia lo ejecutará como mayor metrado; en ese sentido, sí el Contratista demuestra que la ejecución de los 100 m2 de diferencia, afectó a la ruta crítica de la obra principal, este puede ser solicitado como una ampliación de plazo.
Como conclusión se puede decir que, para solicitar una ampliación de plazo y esta luego sea aprobada por la Entidad, deberá en todos los casos demostrarse la afectación o modificación de la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de dicha solicitud.
Por último, espero que los ejemplos mencionados ayuden a entender más fácil las causales de ampliación de plazo. No olviden comentar esta publicación con más ejemplos.
Saludos!
Toda ampliación de plazo generara siempre un pago de mayores gastos generales? o alguna situación no lo generara?, es posible según ley que el contratista renuncie a sus mayores GG? o es un acuerdo interno entre contratista y entidad? el contratista podría solicitarlos, si no lo hizo en su momento, en la liquidación de obra sin perjuicio a que no se los paguen?
Buenos días Alfredo,
Como ya lo explique en un comentario pasado, en concordancia con el numeral 199.4 del artículo 199° del RLCE(*), no siempre toda ampliación de plazo genera el reconocimiento de mayores GG.
Respecto a la renuncia de mayores gastos generales, si bien, dicha renuncia no se encuentra expresamente regulada en la Ley de Contrataciones del Estado ni en su Reglamento, tampoco la prohíbe. Por lo cual, el OSCE a través Opinión N° 014 – 2014/DTN (23/01/14), concluye lo siguiente:
«[…]3.3. Si bien la Entidad está obligada a pagar oportunamente al contratista los mayores gastos generales una vez aprobada una ampliación del plazo de un contrato de obra, el contratista puede renunciar a este derecho libre y voluntariamente con posterioridad a la aprobación de la ampliación de plazo, en tanto constituye un derecho patrimonial de libre disposición. […]»
Lo citado es complementada con la Opinión N° 082 – 2014/DTN (28/10/14), en cual se concluye:
«[…] En tanto constituyen un derecho de crédito de libre disposición, el contratista puede renunciar a los mayores gastos generales variables; no obstante, para que dicha renuncia sea procedente debe realizarse con posterioridad a la aprobación de la ampliación del plazo que los origina, con la finalidad de asegurar que dicha renuncia sea libre y voluntaria. […]»
En ese sentido, teniendo en consideración los párrafos precedentes, la respuesta a tú pregunta es: El contratista SI puede renunciar a mayores GG, siempre y cuando dicha renuncia sea formalizada y se incluya como adenda al contrato.
Finalmente, respecto a la solicitud del pago de mayores GG por parte del Contratista, el artículo 201 del RLCE(*), establece los plazos y procedimientos para realizar dicha solicitud.
Saludos.
Miguel NL.
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(*) Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF.
PREVIO SALUDOS, QUISIERA SABER SI PROCEDE Y ESTA DENTRO DEL LITERAL C) DEL ART. 197 DEL RLCE EL SIGUIENTE CASO: FECHA DE TERMINO CONTRACTUAL 05/10/2020, SE AUTORIZA LA EJECUCION DE MAYORES METRADOS EL 16/09/2020, LA DURACION EN DIAS CALENDARIOS DE EJECUCION DE MAYORES METRADOS ES 25 DIAS POR LO TANTO ACABARÍA EL 11/10/2020. CONSULTA: PROCEDE LA SOLICITUD DE APLIACION DE PLAZO POR 6 DIAS?
Buenas noches Gian,
En mérito al literal que mencionas, si procede.
En una prestacion de servicio de consultoria, que sucede si la causal no atribuible al contratista, no cesa, al terminar su contrato con la entidad, esta ūltima tampoco lo sabe porque depende de otras entidades publicas.
Las obras de Rehabilitación de infraestructura construida en el Marco de reconstrucción con cambios no permite pago de adicionales. Mis preguntas son las siguientes:
– Se puede puede formular un deductivo vinculante para mejorar las partidas presupuestales.
– La aprobación del deductivo vinculante implica ampliación en el plazo de ejecución.
– El contratista con retraso de ejecución de obra del 57%, puede presentar un deductivo a 8 días de culminar la obra?
Buenas tardes con todos yo tengo una consulta sobre obras por administración directa( las de continuidad), una causal de ampliación de plazo no seria también el presupuesto asignado a la obra ese año, por ejemplo la obra » X » plazo de ejecución 12 meses, y de presupuesto 4 millones, pero cuando inició su ejecución solo se le dio a la obra 1 millón y tenia que programarse para todo el año eligiendo que partidas ejecutar y cuales no por el momento, en el caso también de los materiales a usar tenia como 2000 bolsas de cemento y se solicito solo 200, allí no es fraccionamiento ? entonces que pasa con eso.. alguien que me ayude por favor en solventar mis dudas, soy nueva en la Ingeniería civil.
Cuando se aprueba ejecución de mayores metrados, ¿la solicitud se hace al instante que se aprueban, es decir, antes de ejecutarlos, o esta solicitud se realiza al final de la ejecución de la totalidad de los mayores metrados aprobados?
Hola Luis, te recomiendo leer la OPINIÓN Nº 167-2018/DTN, relacionado a «Ejecución de mayores metrados en contratos de obra», estoy seguro que aclarará todas tus dudas.
Saludos.
Hola
La entidad cuanto tiempo tiene para responder una solicitud de ampliación de plazo.
Son 15 días habiles.
una consulta , se esta construyendo un CE en el expediente tecnico no consideraron al agua potable al CE , pregunta es se puede ejecutar un tanque elevado al CE siendo la necesidad por tratarse de minimizar lo del COVID de los estudiantes , si es positivo podria ser un adicional y cual seria su causal y cual seria el Art de fundamento gracias
El plazo contractual termina el 30 de abril 2022 y se concluyó con la obra según el expediente técnico y contrato principal, La entidad notifica al contratista en los 15 días hábiles que otorga el reglamento, la Resolución de aprobación del adicional de obra, es decir, el mismo 30 de abril se notifica al contratista, este adicional si salía anteriormente se podía ejecutar paralelamente a las partidas del contrato principal, es decir no afectaba a la ruta crítica.
¿Es válido solicitar ampliación de plazo por la ejecución del adicional de obra, a pesar de no haber afectado la ruta crítica del contrato principal?
correo: mprincipetoribio@yahoo.es
MIGUEL PRINCIPE
Gracias
Hola, Miguel:
Claro que es válido, ya que se necesita un tiempo para ejecutar dicho adiciaonal; sin embargo, la Entidad ya ha incurrido en falta administrativa por demorar en aprobar el Adicional.
Por deterioro de una partida ya valorizada y como consecuencia de temporada de lluvias extraordinarias el contratista solicita ampliación de plazo, sin embargo las partidas que quedan no son ruta crítica, ¿como podria cumplirse la premisa de afectación de ruta crítica?. Saludos y gracias.
Hola, Angélica:
No se podria configurar la afectación de ruta, puesto que, la ruta crítica se aprueba con la programa de ejecución de obra.