Mediante Resolución de Dirección ejecutiva N° 00023-2021-ARCC/DE, publicada el 28 de marzo de 2021, se aprobó el uso de la Directiva N° 009-2020-OSCE/CD, “Lineamientos para el uso del Cuaderno de Obra Digital”, para las obras ejecutadas bajo el marco normativo del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM.
Asimismo, en dicha resolución se resuelve su uso obligatorio, en los siguientes términos:
«[…]
Artículo 2. Obligatoriedad
El uso del cuaderno de obra digital es obligatorio para los procedimientos de selección de obras que se convoquen a partir de la vigencia de la presente resolución. […]»
De igual manera, se establece excepciones del uso del cuaderno digital:
«[…]
Artículo 3. Excepciones del uso de cuaderno digital
Cuando en el lugar donde se ejecuta la obra no tenga acceso a internet, las entidades ejecutoras del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios pueden solicitar a la Dirección del SEACE del OSCE, la autorización para el uso del cuaderno de obra físico, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 9.3 de la Directiva N° 009-2020-OSCE/CD. […]»
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